ALERTAS LEGALES
Decreto Ejecutivo Nro. 355: varios privados de su libertad podrán salir de los centros carcelarios gracias al indulto presidencial
El 21 de febrero de 2022, el presidente de la República, Guillermo Lasso Mendoza, suscribió el Decreto Ejecutivo Nro. 355, a través del cual emitió reglas para indultar a personas privadas de su libertad siempre y cuando cumplan ciertos requisitos.
Para contextualizar el contenido del decreto ejecutivo, es importante que se conozca que el indulto es una figura por medio de la que el Presidente de la República, puede condonar la pena que está cumpliendo una persona por haber cometido un delito. Es decir, esta figura beneficia a ciudadanos que han sido sentenciados por la administración de justicia y que, en consecuencia de ello, están cumpliendo su condena en un centro de privación de libertad.
La particularidad de este decreto es que el Presidente de la República ha decidido emitir este indulto pero no para todos los privados de libertad sino para un segmento de ellos. Así, el indulto está condicionado para personas que hayan cometido delitos de robo (ciertos tipos de robo), hurto, estafa (ciertos tipos de estafa) o abuso de confianza. Todos delitos que en su momento atentaron contra el patrimonio de otros ciudadanos.
Ahora, para ser beneficiario del indulto, no basta el haber sido sentenciado por uno de estos delitos, sino que se tiene que haber cumplido el 40% o el 60% de la pena, según si le fue aplicado el Código Penal o el Código Orgánico Integral Penal. Además, no debe tener otras sentencias condenatorias, procesos o investigaciones en su contra, ni puede haber sido sancionado disciplinariamente por su accionar dentro del Centro de Rehabilitación Social.
Independientemente de lo criticable que pueden ser algunos de estos requisitos, sí es importante notar que, con esto, la intención del ejecutivo es reducir el hacinamiento en las cárceles, que se encuentran atravesando una grave crisis desde todo punto de vista.
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