Ecuador es uno de los países que alberga un gran porcentaje de biodiversidad dentro de su territorio. Uno de estos lugares es el Yasuní, que se encuentra dentro del sistema nacional y continental de áreas protegidas siendo esta, la más grande del país.
El Parque Nacional Yasuní (PNY) fue creado en el año de 1979, se encuentra ubicado en las Provincias de Orellana y Pastaza y tiene una extensión de 1022736 hectáreas. En el año 1989, fue declarado como “Reserva de Biósfera” por la UNESCO. Esto, entre varias razones, por sus altas cifras de biodiversidad tanto de flora como de fauna y, el reconocimiento de que dentro de esta importante área habitan los Tagaeri y Taromenane, asentamientos humanos en aislamiento voluntario; quienes junto a la comunidad Waorani comparten una zona supuestamente intangible creada en 1999.
El ecologista británico Norman Myers destacaba la condición del Ecuador como el país con el mayor porcentaje de biodiversidad por hectárea en América del Sur. Este alto porcentaje se deriva de la existencia de un limitado número de ecosistemas denominados centros de alta diversidad biológica o hot spots que cubren un área pequeña de tierra, principalmente los bosques tropicales. Ecuador es uno de los pocos países en el mundo que se representa por su riqueza ambiental, biológica y cultural. Existen solo 17 naciones en el mundo que, por su conservación, tienen a disposición el 70% de riqueza natural del planeta, Ecuador es uno de ellos a pesar de que abarca el 0,2% de la totalidad del planeta tierra.
Cabe agregar que, según el órgano rector de hidrocarburos en el país, los tres pozos petroleros del Bloque 43 ITT,[1] hay el 18% de las reservas probadas del país. Es importante manifestar que dentro del PN Yasuní existen más pozos petroleros que se encuentran operando antes que estos últimos tres como lo son: Bloque 31; Bloque 17; Bloque 16 Bloque 14; Bloque 15 y Bloque 12.
Estos 7 bloques petroleros, incluido el Bloque 43 ITT se encuentran dentro del PN Yasuní y claramente podrían llegar a ser una fuente de ingresos para el país.
De los datos aportados, es fácil entender la relevancia ambiental, social y económica del PN Yasuní. También es claro que un espacio de tanta importancia merece especial atención, tratamiento y protección por parte del Estado.
En esta línea de ideas, la Constitución de la República del Ecuador (CRE) en su artículo 395 establece que uno de los deberes primordiales del Estado frente a sus habitantes es “(…) defender el patrimonio natural y cultural del país y proteger el medio ambiente”. Sin embargo, esa expectativa de atención, protección y tratamiento especial respecto de todo lo que representa el PN Yasuní, está lejos de ser una realidad. De hecho, las falencias sobre las obligaciones del Estado respecto de este territorio, son evidentes.
Así, desde el 2008 hasta la presente fecha, para las poblaciones aledañas al PN Yasuní, no se han evidenciado cambios importantes para su beneficio, a más de la falta de servicios básicos, educación y salud, se encuentran enfrentando situaciones de violencia debido a la tala y caza ilegal de especies. Los cazadores y madereros ilegales tienen puntos fijos de tala y caza y no existe un control por parte del Estado para frenar esta situación de vulnerabilidad. Además, existe una falta de control del Estado en la zona intangible como en los puestos de vigilancia que debería estar a cargo de funcionarios del Ministerio del Ambiente y el ejército.
Es indudable que la afectación que genera la actividad petrolera al ambiente trae consecuencias devastadoras para un lugar tan megadiverso como lo es el PN Yasuní, más tomando en cuenta que los bloques: 14,15 y 16 fueron los primeros campos adjudicados para su operación petrolera en el año 1986. Además, los habitantes alrededor de estos campos han sufrido consecuencias irreparables dentro de su entorno y desarrollo humano.
Si bien debemos ser objetivos y considerar la economía como un factor, es importante cuantificar los beneficios que ha traído la actividad petrolera dentro del PN Yasuní en el decurso de los años. Si bien somos un país en vías de desarrollo y debemos usar nuestros recursos para el progreso y el mejoramiento de la vida los habitantes; a la presente fecha, más son los efectos negativos en contra de las poblaciones y pueblos no contactados del Yasuní y al medio ambiente; que los efectos positivos que podamos medir, en obras, salud, educación, protección de la reserva de biosfera etc. Por otro lado, no podemos desconocer que la CRE dentro de sus principios, y los que regulan al derecho ambiental, estableció 4 pilares ambientales como lo son: *la generación de un modelo de desarrollo sustentable que garantice la satisfacción de las necesidades presentes y futuras; *la generación de políticas de gestión ambiental que serán de obligatorio cumplimiento; *la participación activa de las personas, pueblos, nacionalidades y comunidades afectadas por actividades que generen impactos ambientales y; *el principio precautorio, que se basa que, en caso de duda de las disposiciones en materia ambiental, estas se darán en el sentido más favorable para la naturaleza.
El 20 de agosto del 2023, Ecuador voto a favor del medio ambiente en dos consultas populares. La primera de ellas, se refirió a frenar la exploración de minería en la zona denominada “Chocó Andino” de la Provincia de Pichincha. Esta es otra reserva de biosfera con la que cuenta el Ecuador y; los habitantes del cantón Quito votaron a favor de frenar la minería: artesanal, pequeña, mediana y gran escala; el sí ganó con más del 67%.
La segunda consulta popular, tenía que ver con preservar la Reserva de Biósfera Yasuní o permitir la explotación petrolera en del Bloque 43 ITT. En el año 2007, el gobierno del Ecuador lanzó la iniciativa Yasuní ITT misma que buscaba que la comunidad internacional aporte económicamente a la causa para mantener el crudo del bloque 43 ITT bajo tierra indefinidamente.
En el 2013, el gobierno nacional a través del Decreto Ejecutivo 74, decidió avanzar con la explotación de este bloque y para esto, tuvo que solicitar a la Asamblea Nacional la autorización para declarar de interés nacional la explotación de este campo que se encuentra dentro del sistema de áreas protegidas. El 22 de octubre del 2013 la Asamblea Nacional declaró de interés esta área protegida y dio paso a la explotación petrolera.
Con más del 58% a favor de sí de parar la explotación en el ITT, reflejó la preocupación de la población por precautelar la reserva de la biosfera. La actividad petrolera genera un sin número de efectos graves para el ambiente como lo es la contaminación del agua, emisiones de gases de efecto invernadero y deforestación; por otro lado, las afectaciones a las comunidades y poblaciones indígenas de la zona que son los menos beneficiados de la actividad petrolera. Es de vital importancia que el Estado tome acciones que precautelen la vida de los pueblos en aislamiento voluntario para cumplir con el mandato constitucional de reconocer los derechos de los pueblos no contactados y la importancia de su habitad para su subsistencia. Lastimosamente, desde la vigencia de la CRE del 2008, ha faltado la voluntad de elaborar una normativa secundaria lo suficientemente aplicable para las distintas realidades que pueden presentarse dentro del sistema de áreas protegidas y que canalicen los recursos necesarios para su correcta administración.
Personalmente considero que, si bien el derecho y la ley han tratado de normar la relación entre los seres humanos y la naturaleza, jamás se va a poder entender la forma en la que los pueblos en aislamiento voluntario han permanecido por siglos en sus territorios, estudiando y aportando a la dinámica del bosque[2] de forma generacional. Es obvio que ellos dependen de la salud del bosque y las actividades petroleras contaminan y dañan no solo una de las pocas reservas de biosfera, sino el hogar de poblaciones no contactadas que han mantenido el equilibrio de su habitad en beneficio de todos. Es necesario que el Estado tome decisiones en materia ambiental y económica para poder plantear un desarrollo de país sostenido en el tiempo.
[1] Ishpingo, Tambococha, Tiputini, nombre de los pozos petroleros del Bloque 43.
[2] “El enfoque ecosistémico del bosque se conecta directamente con la interrelación de organismos vivos compuesta por una variada fauna, flora, hongos y microorganismos en constante interacción con el medio, donde es dable verificar la existencia entre ellos de un flujo incesante de energía.”, Tratado de Derecho Ambiental, Tomo II, Dino Bellorio Clabot, Pag 215.